viernes, 3 de abril de 2009

La Justicia ordena al ministerio de trabajo a convocar a Paritarias


Capital Federal. Trabajadores Civiles de las Fuerzas Armadas
En virtud de un amparo presentado por la Asociación Trabajadores del Estado, la Jueza a cargo del Juzgado Nacional de 1º Instancia del Trabajo Nº13, Dra. González Burbridge, ordenó al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que proceda a convocar a la comisión negociadora del Sectorial Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas a los fines de llevar adelante la negociación colectiva que fuera suspendida por el Estado Empleador hace más de 2 años.

Depto. Jurídico CDN

En efecto, ante la suspensión primero y dilación después por parte de la Autoridad de Aplicación y el Ejecutivo Nacional en convocar a los gremios a negociar colectivamente en el Sectorial del Personal Civil y Docente Civil en el marco del CCTG Nº 214/06, la Asociación Trabajadores del Estado interpuso un amparo a los fines de que se ordene la convocatoria del sectorial mencionado, en tanto la resistencia por parte del Estado Nacional de negociar colectivamente, afectaba derechos fundamentales como lo es la negociación colectiva.

Dicha sentencia, lapidaria en sus fundamentos, manifiesta que “los argumentos defensivos esbozados por la parte demandada carecen de fundamento jurídico. Ello así porque no se argumentan ni acreditan razones atendibles que permitan tener por justificado que la convocatoria no fuera llevada a cabo debidamente” y agrega que “la falta de pronunciamiento de la demandada lesiona derechos de raigambre constitucional como es el derecho a la Negociación Colectiva (art. 14 bis y 75 inc. 22 CN como los Convenios 87, 98, 151 y 154 OIT)” resolviendo “hacer lugar a la acción de amparo por mora administrativa interpuesta por la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO intimar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN a los efectos que expida el correspondiente acto administrativo en el expediente Nº 1.063.164/02 en el término de diez días...”.

De esta forma, se ve reconocido el legítimo y fundamental derecho de los trabajadores de negociar colectivamente herramienta fundamental para obtener mejores condiciones de vida y de trabajo.


Depto. Jurídico CDN

16 de febrero de 2009

Se informa que al dia de la fecha la sentencia judicial se encuentra apelada por el Poder Ejecutivo Nacional.

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